Subasta Finca rústica en Alacant partida del Tamarit que linda, SAX

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Cadastral Ref.
9975101YH1497F Click to view in Cadastre
Identifier
SUB-RC-2025-0026I20250157 Click to go to original announcement
Appraisal Value
€29.724,06
Auction Value
€23.779,25
Claimed Debt
€7429,77
Deposit Amount
€1188,96
Minimum Bid
€2377,93
Bid Increment
€1000,00
Current Bid
No consta
Initial Savings
-20%
Property Type
Finca rústica
End Date
29 dic 2025
Total Surface
985,30 m²
Price €/m²
€12,94/m²

50, 00% de Propiedad plena de RUSTICA: Dos jornales y medio o una hectárea, siete áreas y cuarenta centiáreas de tierra secana con olivos, en término de Sax, partida del Tamarit que linda: Norte, Juan Herrero Ganga; Este, vereda; Sur, acequia de riego; y Oeste, con los herederos de Ginés Navarro.

Inscrita al Tomo 1015, Libro 157, Folio 45, Finca nº 1716 de Sax.

Ref catastral 03123A0-2800086-0000-R-F

Información adicional:

A la vista del informe de tasación, las fincas 1716 (1, 074 Has registrales) y 1871 (1, 1519 Has registrales), que suman un total de 2, 2259 HAs registrales (22. 259 m2), se corresponden e integran la parcela catastral de referencia 03123A0-2800086-0000-R-F cuya superficie catastral es de 23. 038 m2.

Los licitadores, habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros. De no estar inscritos los bienes en el registro, el documento público de venta es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos previstos en la legislación hipotecaria y, en los demás casos en que sea preciso, habrá de proceder el adjudicatario, si le interesa, como dispone el titulo VI de la Ley Hipotecaria para llevar a cabo la concordancia entre el registro y la realidad jurídica.

En el supuesto de que proceda inscribir registralmente rectificación de la descripción, superficie o linderos registrales de la finca adjudicada, lo será por el adjudicatario, debiendo serlo en los términos, por los medios y con el cumplimiento de los requisitos previstos en cada caso en la Ley Hipotecaria y normativa de desarrollo.

Los bienes enajenados en el tramite subasta pública lo serán en el estado en que se hallaren al perfeccionarse las correspondientes adjudicaciones, como "cuerpo cierto" en los términos del artículo 1471 párrafo primero del Código Civil, que el adjudicatario conoce aceptando las condiciones físicas, jurídicas, de los mismos, así como las registrales y urbanísticas en que se encuentren tratándose de inmuebles.