Subasta piso embargado en Cádiz LAS BOLAS Y EL TORNO, ALAMEDA DE SOLANO -ANTES VIVIENDA PLANTA TERCERA DEL ATICO, TIPO DEL, PUERTA 15, CAMPANO

AI Summary of Property and File

Avoid losing 50.000€ to hidden charges

Includes registry charges, community debts, and automatic cross-checking against active foreclosures. Avoid irreparable losses.

Economic file and profitability of the auction

Cadastral Ref.
Not available
Identifier
SUB-JA-2026-259199 Click to go to original announcement
Appraisal Value
€0,00
Auction Value
€201.000,00
Claimed Debt
€178.330,70
Deposit Amount
€10.050,00
Minimum Bid
Sin mínimo
Bid Increment
No consta
Current Bid
No consta
Initial Savings
No consta
Property Type
Vivienda
End Date
25 jun 2026
Total Surface
98,00 m²
Usable Surface
98,00 m²

URBANA. LOCAL NUMERO QUINCE. Vivienda planta ático, puerta B, portal dos, del bloque número uno en el edificio en esta ciudad, al sitio Las Bolas y El

Torno, en la Alameda de Solano, -antes vivienda planta tercera del ático, tipo DEL, puerta 15-; se compone de vestíbulo, distribuidor, estar-comedor, cuatro

dormitorios, cocina, cuarto de baño, aseo, terraza principal y terraza tendedero; tiene superficie útil de noventa y ocho metros, veintinueve decímetros cuadrados y

una construida de ciento veintidós metros cuatro decímetros cuadrados y linda; al frente, con núcleo de escalera, rellano, distribuidor, vivienda AEL de su misma

planta y vuelo de portal; por el fondo, cubiertas de vivienda BEL Y CEL, planta segunda; derecha entrando, portal tres; e izquierda, espacios libres de acceso.





Cuota: Le corresponde, en relación con el valor total del Bloque, una cuota de cero enteros, siete mil trescientas cincuenta y nueve diezmilésimas por ciento.

Información adicional:

ACEPTACION DE LAS CONDICIONES LA SUBASTA. Solo los usuarios registrados en este portal pueden acceder al edicto y a toda la documentación incorporada a la subasta. Su lectura y comprensión es obligada ya que quien participa como postor acepta las condiciones fijadas en el edicto y por la Autoridad Gestora. Por ser el inmueble objeto de realización una vivienda de protección pública, el precio del remate en ningún caso podrá ser superior al máximo legal vigente y que asciende a 201. 000 euros.

El bien sólo podrá ser rematado en favor de aquel postor que tenga la condición de beneficiario según el régimen legal de protección pública, lo que deberá acreditar mediante certificado expedido por la entidad correspondiente. En caso de pluralidad de postores que ofrezcan idéntica máxima postura y gocen de la condición de beneficiarios, serán de aplicación los criterios de preferencia para la adjudicación previstos en la legislación específica a fin de determinar la aprobación del remate.