Subasta Solar en Alicante/alacant CL MAESTRO JOSE CERDA GARCIA 5, ALGUENA

AI Summary of Property and File

Avoid losing 50.000€ to hidden charges

Includes registry charges, community debts, and automatic cross-checking against active foreclosures. Avoid irreparable losses.

Economic file and profitability of the auction

Cadastral Ref.
4357106XH7445N0001ZK Click to view in Cadastre
Identifier
SUB-RC-2026-0026I20260001 Click to go to original announcement
Appraisal Value
€59.923,26
Auction Value
€59.923,26
Claimed Debt
€4328,91
Deposit Amount
€2996,16
Minimum Bid
€29.961,63
Bid Increment
No consta
Current Bid
No consta
Initial Savings
-0%
Property Type
Solar
End Date
22 jun 2026
Total Surface
3.368,19 m²
Usable Surface
2.866,00 m²
Price €/m²
€17,79/m²

100, 00% de Propiedad plena de URBANA: PARCELA sita en término municipal de Algueña, llamada "Detrás de la Iglesia" que tiene una superficie de DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS METROS CON DIECINUEVE DECIMETROS CUADRADOS. LINDA: Norte, calle privada, registral 1054 y finca segregada de esta, registral 1226; Sur, fincas segregadas, registrales 1347 y 1348; Este, Francisco Mañez y calle en proyecto; Oeste, Desiderio Megías y Aurora y Luisa López Cerdá y en calle en proyecto.

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Monovar, tomo 1508, libro 7, folio 211, Finca Nº 744 de Algueña.

Información adicional:

Existe una discripancia entre la realidad física del inmueble y su descripción registral. En la nota del Registro constan 2. 866, 19m2, catastralmente y según informe de tasación aparecen 502, 00m2.

Los licitadores, habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros. En el supuesto de que proceda inscribir registralmente rectificación de la descripción, superficie o linderos registrales de la finca adjudicada, lo será por el adjudicatario, debiendo serlo en los términos, por los medios y con el cumplimiento de los requisitos previstos en cada caso en la Ley Hipotecaria y normativa de desarrollo.

Los bienes enajenados en el tramite subasta pública lo serán en el estado en que se hallaren al perfeccionarse las correspondientes adjudicaciones, como "cuerpo cierto" en los términos del artículo 1471 párrafo primero del Código Civil, que el adjudicatario conoce aceptando las condiciones físicas, jurídicas, de los mismos, así como las registrales y urbanísticas en que se encuentren los inmuebles.