Subasta piso embargado en Alacant CL FOIETA 4, POLOP

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AI Summary of Property and File

Avoid losing 50.000€ to hidden charges

Includes registry charges, community debts, and automatic cross-checking against active foreclosures. Avoid irreparable losses.

Economic file and profitability of the auction

Cadastral Ref.
9592007YH4799S0001YF Click to view in Cadastre
Identifier
SUB-RC-2026-0026I20250224 Click to go to original announcement
Appraisal Value
€220.254,02
Auction Value
€220.254,02
Claimed Debt
€53.911,16
Deposit Amount
€11.012,70
Minimum Bid
€110.127,01
Bid Increment
No consta
Current Bid
No consta
Initial Savings
-0%
Property Type
Vivienda
End Date
9 mar 2026
Total Surface
775,00 m²
Usable Surface
210,00 m²
Price €/m²
€284,20/m²

100, 00% de Propiedad plena de URBANA: Solar en término de Polop, y su partida ERMITA o PLANET, con una superficie de DOSCIENTOS DIEZ METROS CUADRADOS, que linda: frente y derecha entrando, calles en proyecto; izquierda, Vicente Fuster; y fondo, Miguel Fuster Albert. Sobre la misma se ha construido una CASA compuesta de planta baja destinada a almacén con una superficie de ciento noventa y cinco metros cuadrados, y escalera de acceso al piso alto, que mide quince metros cuadrados, y piso alto destinado a vivienda, que mide ciento treinta y tres metros cuadrados, distribuida con las dependencias propias de vivienda, más una terraza descubierta de sesenta y siete metros cuadrados. Sus linderos son los mismos que los del solar.

Información adicional:

El perito informa una superficie registral construida de 343 m2 y catastral construida de 432 m2.

Aunque en el padrón municipal consta como empadronado en el domicilio, durante la personación aparentemente la vivienda no parece estar habitada.

Respecto a la situación posesoria informada en el Portal de subastas del BOE, la misma resulta de diligencia de personación obrante en el expediente, pudiendo verse alterada dicha situación por el transcurso del tiempo entre la diligencia de personación y la realización de la subasta, o por circunstancias que no pudieran ser apreciadas por la Administración en el momento de la personación. Sin perjuicio de lo anterior, la toma de posesión por parte del adjudicatario, una vez se le haga entrega del título de propiedad, deberá ser tramitada por parte del mismo mediante los medios previstos en derecho.