Subasta Garaje en Alacant CL PRACTICANTE VICENTE BLASC 29, TANGEL

UBICACIÓN NO DISPONIBLE

Resumen IA de la Propiedad y el Expediente

Evita perder 50.000€ por cargas ocultas

Incluye cargas registrales, deudas comunitarias y un cruce automático contra embargos activos. Evita pérdidas irreparables.

Ficha económica y rentabilidad de la subasta

Ref. Catastral
9221738YH1592A0001YM Haz clic para ver en Catastro
Identificador
SUB-RC-2025-0026I20230299 Haz clic para ir al anuncio original
Valor Tasación
€173.982,15
Valor Subasta
€173.982,15
Deuda Reclamada
€11.579,63
Importe del depósito
€8699,11
Puja Mínima
€86.991,08
Tramo Pujas
No consta
Puja Actual
No consta
Ahorro Inicial
-0%
Tipo Bien
Garaje
Fecha Conclusión
29 dic 2025

100, 00% de Propiedad plena de URBANA.- NÚMERO UNO.- SÓTANO del edificio en construcción en la calle Practicante Vicente Blasco, números 29, 31, 33 y 35, de Villafranqueza. Está destinado a 15 plazas de aparcamiento o garajes. Tiene acceso propio e independiente para vehículos desde la citada calle a través de rampa existente a la derecha de la fachada del edificio, y peatonal mediante el zaguán del edificio, con su correspondiente escalera y ascensor de comunicación con las demás plantas. Sus lindes son el subsuelo de los generales de la edificación.



CUOTA: Se le asigna una cuota de participación, tanto en relación con el valor total del inmueble y en cuanto a elementos y gastos comunes, cono en los gastos de acceso, hueco de escalera y ascensor, de veintisiete enteros sesenta y siete centésimas por ciento.-

CRU 03023000688839

Información adicional:

La finca está compuesta por 15 garajes sin dividir registralmente.

Según refleja el tasador en su informe la valoración es del 100% de la finca con identificación del valor de cada uno de los garajes que figuran pintados en el suelo.

Según indicaciones del tasador se advierte que la edificación consta registralmente como " en Construcción "y no se aporta Licencia de Primera Ocupación, recomendando hacer constar en el Registro de la Propiedad la finalización de la obra y la obtención de la Licencia de Primera Ocupación, así como, en caso de ser aplicable, la constitución de las garantías exigibles contra daños materiales a que se refiere la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación.

El perito señala que es un edificio terminado.

La obra se inscribió en construcción, sin que conste inscrito el fin de obra, siendo de aplicación lo determinado en los artículos 45 a 55 del Real Decreto 1093/1997, y en particular los artículos 46 y 47.

En diligencia de personación se informa: "El sótano con un total de 15 plazas de aparcamiento delimitas mediante líneas de pintura amarilla, está totalmente acabado con

iluminación y los conductos de ventilación instalados pero sin las máquinas de extracción. Los vecinos del edificio tienen acceso al mismo a través del ascensor y la escalera que llega hasta el sótano."