Subasta Local comercial en MURCIA c/ Don Eladio-Marina, 1, CEUTI

UBICACIÓN NO DISPONIBLE

Resumen IA de la Propiedad y el Expediente

El activo consiste en un amplio local comercial de 316,20 m² de superficie útil, ubicado en el municipio de Ceutí (Murcia). La propiedad presenta una configuración diáfana y cuenta con acceso independiente a pie de calle, lo cual, sumado a su destacada superficie, le otorga un potencial versátil para diversas actividades comerciales o logísticas.

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Incluye cargas registrales, deudas comunitarias y un cruce automático contra embargos activos. Evita pérdidas irreparables.

Ficha económica y rentabilidad de la subasta

Ref. Catastral
2056201XH5125E0002BY Haz clic para ver en Catastro
Identificador
SUB-JA-2026-260345 Haz clic para ir al anuncio original
Valor Tasación
€0,00
Valor Subasta
€235.353,00
Deuda Reclamada
€61.116,40
Importe del depósito
€11.767,65
Puja Mínima
Sin mínimo
Tramo Pujas
No consta
Puja Actual
No consta
Ahorro Inicial
No consta
Tipo Bien
Local comercial
Fecha Conclusión
2 jul 2026
Superficie Total
644,40 m²
Superficie Útil
316,20 m²
Precio €/m²
€365,23/m²

URBANA. NUMERO UNO. LOCAL COMERCIAL EN PLANTA BAJA. En término municipal de Ceutí, Barrio de San Antonio, paraje del Saladar, con fachadas y acceso independiente por calle D. Eladio y Doña Marina, calle sin nombre y carretera de Ceutí de Alguazas. Dirección catastral: CL D ELADIO-MARINA 1 Es: 1 Pl: 00 Pt: 01 DH-1 F. REG. 11554 (es 11559) C. P. 30562 CEUTI. Carece de distribución interior. Tiene una superficie útil de 316, 20 m2. y una construida de 328, 20m2. Cuota 16, 89 %. En el catastro, el titular es la sociedad PROMOCIONES REISMAR, S. L., que es administradora única de la demandada PROMOCIONES LOPEZ & MARIN & PARDO, S. L..

Información adicional:

ACEPTACION DE LAS CONDICIONES LA SUBASTA. Solo los usuarios registrados en este portal pueden acceder al edicto y a toda la documentación incorporada a la subasta. Su lectura y comprensión es obligada ya que quien participa como postor acepta las condiciones fijadas en el edicto y por la Autoridad Gestora. INICIO AUTOMATICO DE LOS PLAZOS PARA MEJORAR EL PRECIO FINAL. La posibilidad de mejorar el precio tras la subasta, prevista en el art. 670 LEC cuando no alcance unos porcentajes mínimos, comenzará de modo automático tras la subasta y sin necesidad de notificación expresa. Los demandados solo pueden mejorar en los primeros diez días hábiles desde el fin de la subasta. REPRESENTACION DE TERCEROS. Si el postor ha actuado en representación de otros, o conjuntamente con ellos, debe cumplir lo indicado por esta autoridad gestora en la información adjunta al edicto. DEVOLUCION DE DEPOSITOS A POSTORES CON RESERVA DE PUJA. Se controlarán especialmente, y se ordenará su devolución en cuanto se pague el precio o se compruebe que el mejor postor ha sido el ejecutante. COMPROBACION Y ERRORES EN LA DOCUMENTACION. La información publicada puede ser modificada mediante la incorporación de nueva documentación, por lo que tiene que comprobarse antes de realizar la primera puja. Si observa que la subasta sólo incorpora el edicto de la subasta o hay archivos que no concuerdan con ella, avísenos para subsanar el problema a la mayor brevedad.