Subasta Local comercial en Málaga CALLE ANDALUCIA, 24, MALAGA

UBICACIÓN NO DISPONIBLE

Resumen IA de la Propiedad y el Expediente

Se trata de un activo inmobiliario tipo local comercial ubicado en la calle Andalucía, Málaga, con una superficie útil aproximada de 113,76 m². El inmueble cuenta con una ventaja competitiva relevante: el derecho de uso exclusivo del patio posterior de la finca, con la posibilidad normativa de cubrirlo para ampliar la superficie útil, lo cual representa una oportunidad clara de valorización si la normativa urbanística local lo permite.

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Evita perder 50.000€ por cargas ocultas

Incluye cargas registrales, deudas comunitarias y un cruce automático contra embargos activos. Evita pérdidas irreparables.

Ficha económica y rentabilidad de la subasta

Ref. Catastral
1954220UF7615S0002 Haz clic para ver en Catastro
Identificador
SUB-JA-2026-265401 Haz clic para ir al anuncio original
Valor Tasación
€209.322,20
Valor Subasta
€205.604,80
Deuda Reclamada
€58.225,20
Importe del depósito
€10.280,24
Puja Mínima
Sin mínimo
Tramo Pujas
No consta
Puja Actual
No consta
Ahorro Inicial
-2%
Tipo Bien
Local comercial
Fecha Conclusión
12 nov 2026
Superficie Total
189,00 m²
Superficie Útil
189,00 m²

URBANA: NUMERO DOS. LOCAL COMERCIAL IZQUIERDA en su planta baja de la casa número dieciseis de la calle de Andalucía, hoy veinticuatro de Málaga. Comprende una superficie útil aproximada de ciento trece metros setenta y seis decímetros cuadrados. Linda: mirando desde la calle; por su frente, al Sur, con la calle de Andalucía, con el vestíbulo de la casa, al cual tiene una puerta de acceso y con el piso bajo interior; por la derecha, entrando, al Este, con el portal al cual tiene una puerta de acceso y vestíbulo de la casa y con el piso bajo interior; por la izquierda, al Oeste, con la casa número dieciocho de la calle de Andalucía; y por el fondo, al Norte, con el patio posterior del edificio. Le corresponde el uso de la totalidad del patio posterior de la casa. El propietario de este local podrá en cualquier momento, si lo permiten las Ordenanzas Municipales, cubrir este patio hasta la altura de la primera planta, corriendo a su cargo todos los gastos que ellos ocasione y sin que ello suponga alteración en las cuotas de la comunidad.