Subasta piso embargado en VALENCIA Calle Méndez Núñez, número tres, puerta sexta, ALZIRA

UBICACIÓN NO DISPONIBLE

Resumen IA de la Propiedad y el Expediente

Se presenta una oportunidad de inversión inmobiliaria en Alzira, consistente en una vivienda de 104 m² construidos situada en la calle Méndez Núñez. El activo destaca por su configuración funcional, disponiendo de cuatro dormitorios y acceso mediante ascensor, lo que le otorga una alta capacidad de habitabilidad o arrendamiento.

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Evita perder 50.000€ por cargas ocultas

Incluye cargas registrales, deudas comunitarias y un cruce automático contra embargos activos. Evita pérdidas irreparables.

Ficha económica y rentabilidad de la subasta

Ref. Catastral
No consta
Identificador
SUB-JA-2026-260834 Haz clic para ir al anuncio original
Valor Tasación
€116.424,81
Valor Subasta
€116.424,81
Deuda Reclamada
€121.086,84
Importe del depósito
€5821,24
Puja Mínima
Sin mínimo
Tramo Pujas
No consta
Puja Actual
No consta
Ahorro Inicial
-0%
Tipo Bien
Vivienda
Fecha Conclusión
20 may 2026
Superficie Total
89,97 m²
Precio €/m²
€1294,04/m²

VIVIENDA en tercera planta alta, tipo A), de ochenta y nueve metros y noventa y siete decímetros cuadrados útiles y ciento cuatro metros y ochenta y seis decímetros cuadrados construidos. Se compone de vestíbulo, cuatro dormitorios, uno con armario empotrado, un baño completo y un aseo, con acceso por escalera y ascensor. Sita en Alzira, calle Mendez Núñez, número tres, puerta SEXTA. Linda, mirando a su fachada, por frente, calle; izquierda entrando, vivienda ocho de orden, rellano en medio y apeo del ascensor, y espaldas, señores Balaguer Martí y Valero; derecha, Carlos Vidal.



CUOTA: 9, 60 por ciento. La vivienda descrita forma parte integrante de un EDIFICIO sito en Alzira, calle Mendez Núñez, número tres. Finca no coordinada con Catastro, en los términos de los arts. 9, 10 y 199 LH. Tiene concedida calificación definitiva de Vivienda de protección oficial, expediente V-46-I-0358/83, cédula de 20 de febrero de 1985

Información adicional:

Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación existente en el procedimiento de ejecución o asume su inexistencia, así como las consecuencias de que sus pujas no superen los porcentajes del tipo de la subasta establecidos en el artículo 670 de la Ley de enjuiciamiento civil. Se hace constar, asimismo, que las cargas, gravámenes y asientos anteriores al crédito del actor continuarán subsistentes y que, por el solo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos si el remate se adjudicare a su favor. DEVOLUCIÓN DEL DEPÓSITO para participar en la subasta: Si se solicita reserva de postura, el depósito no será devuelto hasta que el Juzgado o Tribunal que haya anunciado la celebración de la subasta complete el proceso de adjudicación. El plazo para la devolución del depósito dependerá del proceso de adjudicación de la subasta, sin que se pueda precisar cuánto tiempo tardará en ser devuelto. El portal de subastas sólo publicará la puja más alta entre las realizadas y se admitirán posturas que sean superiores, iguales o inferiores a ésta. En estos dos últimos casos se entenderá que los postores que las realicen consienten que se reserve su consignación y sus posturas serán tenidas en cuenta en caso de que el licitador o licitadora que haya hecho la puja igual o más alta no consigne el resto del precio de adquisición.