Subasta piso embargado en Valencia/valència calle y en zona interior la puerta 2, VALENCIA

UBICACIÓN NO DISPONIBLE

Resumen IA de la Propiedad y el Expediente

Esta subasta en Valencia presenta una vivienda de 107 m² construidos con una característica singular: una amplia terraza de uso exclusivo de más de 160 m². Este elemento dota al activo de un potencial de revalorización significativo en una zona urbana consolidada.

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Evita perder 50.000€ por cargas ocultas

Incluye cargas registrales, deudas comunitarias y un cruce automático contra embargos activos. Evita pérdidas irreparables.

Ficha económica y rentabilidad de la subasta

Ref. Catastral
No consta
Identificador
SUB-JA-2026-260138 Haz clic para ir al anuncio original
Valor Tasación
€0,00
Valor Subasta
€236.673,40
Deuda Reclamada
€95.121,35
Importe del depósito
€47.334,68
Puja Mínima
Sin mínimo
Tramo Pujas
No consta
Puja Actual
No consta
Ahorro Inicial
No consta
Tipo Bien
Vivienda
Fecha Conclusión
6 may 2026

URBANA.- Del edificio en Valencia, con fachada principal a la calle Puebla de Farnals número 7 y otra a la calle Luis Milán sin número.- Cuatro.- Vivienda del piso primero puerta uno, tipo A, recae su fachada a la calle Puebla de Farnals. Comprende una superficie construida aproximada de ciento siete metros ocho decímetros cuadrados y útil de noventa y cuatro metros ochenta y dos decímetros cuadrados. Dispone para su uso exclusivo de una terraza de ciento sesenta y un metros treinta y seis decímetros cuadrados, situada a sus espaldas, que a partir

del piso segundo constituye patio de luces. Linda, frente, la expresada calle y en zona interior la puerta 2; derecha, puerta 2, vestíbulo de escalera y escalera; izquierda, edificio colindante; y espaldas, edificio colindante.



Cuota: 4, 50 por ciento.. Sujeta a una servidumbre reciproca de luces, vistas y voladizos.

Información adicional:

Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación existente en el procedimiento de ejecución o asume su inexistencia, así como las consecuencias de que sus pujas no superen los porcentajes del tipo de la subasta establecidos en el artículo 670 de la Ley de enjuiciamiento civil. Se hace constar, asimismo, que las cargas, gravámenes y asientos anteriores al crédito del actor continuarán subsistentes y que, por el solo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos si el remate se adjudicare a su favor. DEVOLUCIÓN DEL DEPÓSITO para participar en la subasta: Si se solicita reserva de postura, el depósito no será devuelto hasta que el Juzgado o Tribunal lo solicite expresamente.