Subasta piso embargado en Valencia/valència CL ELS JURATS 9 Es:1 Pl:BO Pt:02, VALENCIA

UBICACIÓN NO DISPONIBLE

Resumen IA de la Propiedad y el Expediente

Evita perder 50.000€ por cargas ocultas

Incluye cargas registrales, deudas comunitarias y un cruce automático contra embargos activos. Evita pérdidas irreparables.

Ficha económica y rentabilidad de la subasta

Ref. Catastral
3521204YJ2732B0002TG Haz clic para ver en Catastro
Identificador
SUB-JA-2025-255117 Haz clic para ir al anuncio original
Valor Tasación
€202.012,50
Valor Subasta
€202.012,50
Deuda Reclamada
€74.666,78
Importe del depósito
€20.201,25
Puja Mínima
Sin mínimo
Tramo Pujas
No consta
Puja Actual
No consta
Ahorro Inicial
-0%
Tipo Bien
Vivienda
Fecha Conclusión
16 feb 2026

URBANA.- DOS. Piso bajo centro izquierda, situado en la planta baja de la casa en Valencia, calle Angel del Alcázar número nueve. Ocupa una superficie construida de unos ochenta metros con dieciséis decímetros cuadrados. Está vivienda se encuentra compartimentada en las siguientes estancias: vestíbulo, comedor, tres dormitorios, cocina y cuarto de aseo. Linda: izquierda entrando, con vivienda izquierda de la misma planta, separada por pared medianera; derecha, con los mismos límites que la fachada principal de la casa; fondo, con los mismos límites que la fachada lateral derecha de la casa; y frente, con portal y caja de escalera.



Cuota: 3'47 por ciento. Referencia Catastral: 3521204YJ2732B0002TG. Es finca en régimen de Propiedad Horizontal de la número 44. 788, al folio 15 del tomo 2017, libro 461 de la Sección 4ª -Ade Afueras, inscripción 1ª. Calificada de Vivienda Protegida. Se forma por traslado de la número 44. 962, al folio 14 del tomo 2. 018, libro 462, Inscripciones 1ª a 5ª, y a los folios 163, 181 y 182,

Información adicional:

Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación existente en el procedimiento de ejecución o asume su inexistencia, así como las consecuencias de que sus pujas no superen los porcentajes del tipo de la subasta establecidos en el artículo 670 de la Ley de enjuiciamiento civil. Se hace constar, asimismo, que las cargas, gravámenes y asientos anteriores al crédito del actor continuarán subsistentes y que, por el solo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos si el remate se adjudicare a su favor. DEVOLUCIÓN DEL DEPÓSITO para participar en la subasta: Si se solicita reserva de postura, el depósito no será devuelto hasta que el Juzgado o Tribunal que haya anunciado la celebración de la subasta lo solicite expresamente.