Subasta piso embargado en VALENCIA Calle Yola nº 1, VALENCIA

UBICACIÓN NO DISPONIBLE

Resumen IA de la Propiedad y el Expediente

Evita perder 50.000€ por cargas ocultas

Incluye cargas registrales, deudas comunitarias y un cruce automático contra embargos activos. Evita pérdidas irreparables.

Ficha económica y rentabilidad de la subasta

Ref. Catastral
5043801YJ2754C0012JR Haz clic para ver en Catastro
Identificador
SUB-JA-2025-251941 Haz clic para ir al anuncio original
Valor Tasación
€67.150,00
Valor Subasta
€61.499,75
Deuda Reclamada
€19.560,87
Importe del depósito
€3074,99
Puja Mínima
Sin mínimo
Tramo Pujas
No consta
Puja Actual
No consta
Ahorro Inicial
-8%
Tipo Bien
Vivienda
Fecha Conclusión
6 nov 2025

Finca de Valencia Sección 5ª de Afueras nº 51319 Urbana.- vivienda en quinta planta alta, derecha entrando, puerta nº 10, del tipo B, que forma parte del edificio sito en Valencia, calle Yola nº 1, CODIGO POSTAL: 46009

Información adicional:

Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación existente en el procedimiento de ejecución o asume su inexistencia, así como las consecuencias de que sus pujas no superen los porcentajes del tipo de la subasta establecidos en el artículo 670 de la Ley de enjuiciamiento civil. Se hace constar, asimismo, que las cargas, gravámenes y asientos anteriores al crédito del actor continuarán subsistentes y que, por el solo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos si el remate se adjudicare a su favor. DEVOLUCIÓN DEL DEPÓSITO para participar en la subasta: Si se solicita reserva de postura, el depósito no será devuelto hasta que el Juzgado o Tribunal que haya anunciado la celebración de la subasta complete el proceso de adjudicación. El plazo para la devolución del depósito dependerá del proceso de adjudicación de la subasta, sin que se pueda precisar cuánto tiempo tardará en ser devuelto. El portal de subastas sólo publicará la puja más alta entre las realizadas y se admitirán posturas que sean superiores, iguales o inferiores a ésta. En estos dos últimos casos se entenderá que los postores que las realicen consienten que se reserve su consignación y sus posturas serán tenidas en cuenta en caso de que el licitador o licitadora que haya hecho la puja igual o más alta no consigne el resto del precio de adquisición.